Profesionales de la salud serán condenados a dos años de prisión mayor por realizar abortos

Santo Domingo. – La Cámara de diputados dio a conocer las recientes modificaciones hechas al proyecto de ley que modificaría el código penal donde se hace referencia al aborto, en la misma se detalló que quien cause la interrupción del embarazo de una mujer o coopere con dicho propósito será sancionado con uno a dos años de prisión mayor, la misma aplica a ciudadanos comunes o para los médicos, enfermeras, farmacéuticos u otros profesionales de la salud que causen o ayuden a causar el aborto.
La modificación realizada radica en que estas sanciones eran de dos a tres años de prisión menor, de igual firma, se mantuvo inalterado el artículo Nº111 donde se indica que se aplican sanciones de dos a tres años de prisión menor cuando quien tras practicar el aborto provoque la muerte de la mujer.
Tampoco fue cambiado un párrafo del artículo Nº109 que sanciona con uno a dos años de prisión menor al autor del aborto cuando se causa al feto una lesión o enfermedad que perjudique de forma grave el desarrollo u origine en la persona nacida maltrato físico o psíquico. Asimismo, quedó sin modificar la medida sobre abortos forzados o no cuente con el consentimiento de la mujer, la cual se sanciona con prisión mayor por 30 o 40 años.